• Inicio
  • Quienes somos
  • Nuestro portafolio
  • Regístrese
  • Contáctenos
MisiónPyme
Inicio
ABC de la Pyme
Qué es una pyme Pymes en cifras Situación y Perspectivas de la pyme
Sectores
Manufactura
Calzado Curtiembres Envases, papel, cartón y sector gráfico y editorial Textiles y confecciones Comercialización de muebles para hogar Construcción Plásticos Productos de aseo y cosméticos Productos de madera Productos de marroquinería Productos químicos Comercio de autopartes Combustibles para automotores
Servicios
Hotelería y turismo Operadores logísticos Producción y distribución de Software Publicidad Servicios de consultoría Suministro de personal Vigilancia y seguridad Restaurantes y comidas rápidas Trasporte terrestre
Agroindustria
Alimentos para animales Flores Ganadería Productos cárnicos Conservas, pasabocas y condimentos Lácteos Otros productos alimenticios Panadería, pastas y galletería
Financiación
Principales líneas de financiación Finanzas
Impuestos
ABC de los Impuestos Novedades Calendarios tributarios
Comercio exterior
ABC del comercio exterior Novedades Socios comerciales
Licitaciones
Gerencia
Mercadeo
Gestión humana
Logística
Tecnología
Haga de MisiónPyme.com su página de inicio
Usuario clave
¿Recuperar clave? ¿Quiere registrarse? Regístrese aquí
Publicidad

Gestión humana
Nuevos valores de la seguridad social Imprimir E-Mail Bookmark and Share
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
(28 votos)
Jueves, 22 de enero de 2009

El salario mínimo para el año 2009 en Colombia quedó establecido en $496.900, y el subsidio de transporte en $59.200.A veces, realizar la nómina de una empresa puede convertirse en una tarea titánica, especialmente si no se tienen en cuenta los diferentes aportes que deben realizar las empresas para garantizar la seguridad social de sus trabajadores. En términos contables la nómina es el documento a través del cual se legitiman los pagos a los trabajadores, pero en general es el proceso administrativo de liquidación de las prestaciones que les corresponden a los empleados de una compañía.

Muchos empleadores confunden el concepto de sueldo y salario. El sueldo es el pago ordinario o básico que ha sido pactado entre el empleador y el trabajador al momento de la vinculación de este último.

Por otra parte el salario, se refiere a la retribución que recibe el empleado por prestar sus servicios en determinada compañía, y está constituido por el sueldo y todos los valores que reciba como contraprestación directa a servicios tales como: horas extras, sobresueldos, bonificaciones, porcentajes en ventas, comisiones y subsidios de transportes.

El salario mínimo para el año 2009 en Colombia quedó establecido en $496.900, y el subsidio de transporte en $59.200. Sin embargo, hay muchos empresarios que aún tienen dudas acerca de los aportes en salud, pensión y aportes parafiscales que deben hacer a sus empleados.

A continuación usted encontrará una guía sobre los principales aportes que se le deben cancelar a los empleados y los porcentajes correspondientes a cada uno de éstos.

Seguridad social

Salud:
La cotización al sistema de salud es de 12.5% del salario base de aportes para el sistema de seguridad social. En esta caso el empleado aporta un 4% y la empresa aporta el 8.5% restante, que la empresa debe reseñar en cada nómina para que este valor sea consignado a la entidad de salud a la cual se encuentra afiliado el trabajador.

Pensión: Por cada empleado de la empresa, se debe realizar un aporte por concepto de pensión, correspondiente al 16% del salario base cotización. De este modo, el empleado aporta el 4% y la empresa aporta el 12% restante, valor que mensualmente la empresa debe asumir y posteriormente consignar al Fondo de Pensiones y Cesantías  escogido por el empleado para tal fin.

Riesgos profesionales: Es obligación de la empresa afiliar a sus trabajadores al sistema de riesgos profesionales, con el fin de cubrir los problemas, accidentes o enfermedades que sufra el empleado como consecuencia del ejercicio de su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo. El porcentaje general por este concepto es del 0,52%.

Aportes parafiscales

De acuerdo con la ley, todo empleador de carácter permanente que tenga trabajadores a su servicio, está obligado a pagar aportes parafiscales, equivalentes al 9% de su nómina mensual de salarios, los cuales son destinados al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y las Cajas de Compensación Familiar.

Cajas de compensación familiar: se destina un porcentaje equivalente al 4% del valor total de la nómina.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: se destina para tal fin el 3% del valor total de la nómina.

Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): se destina para esta entidad el valor equivalente al 2% del valor total de la nómina.

Prestaciones sociales

Prima de servicios:
Por éste concepto el valor a aportar mensualmente corresponde al 8.33% del salario base para el calculo de las prestaciones sociales.

Vacaciones: Por concepto de vacaciones la empresa debe aportar mensualmente el valor correspondiente al 4.17% del salario del trabajador.

Cesantías: Por éste concepto es necesario aportar mensualmente el 8.33% del salario del trabajador.

Intereses sobre las cesantías: Los intereses sobre cesantías corresponden al 12% anual del saldo acumulado a 31 de diciembre, por lo que la empresa debe aportar el 1%  mensualmente o quincenalmente del valor de las cesantías, según sea el periodo de la liquidación.

Usted puede calcular el costo por empleado que debe asumir su empresa, en la calculadora laboral disponible en nuestro sitio web http://www.misionpyme.com.

Comentarios
Añadir nuevo Buscar
<< Inicio < Anterior 1 2 3 4 5 6 7 8 Siguiente > Final >>
<< Inicio < Anterior 1 2 3 4 5 6 7 8 Siguiente > Final >>
diana villalobos  - pago de prestaciones sociales y seguridad social   |IP:190.24.165.xxx |2010-04-30 10:43:00
buenos dias si un empleado trabajo en una empresa donde tenian afiliado a un
empleado y no pagaron el empleado no tiene ningun incoveniente en que sea
afiliado por otra empresa ya que se retiro y tine un nuevo empleo
Responder
0 1
Luz Dary Agudelo   |IP:200.29.118.xxx |2010-04-26 18:38:28
Cuales son los valores que van en los renglones 43 y 44 del formulario 220, son
los aportes retenidos al trabajador o todo el valor consignado por el empleador
en su nombre?
Responder
1 0
MARIA ELENA JARAMILLO  - cotizacion   |IP:190.248.10.xxx |2010-04-12 11:49:45
de manera atenta me permito solicitarle informacion acerca de los porcentajes de
aportes a salud y pension que deben hacer los trabajadores independientes
Responder
1 0
martha arango   |IP:201.233.150.xxx |2009-10-13 19:35:46
compre una finca y tengo un mayordomo el cual estaba afiliado a una cooperativa
en donde le pagan la seguridad social. Yo quisiera que continuara de esta
manera. El debe pagar $160.000 a la cooperativa mensualmente. y yo voy a pagarle
el salario mínimo, quisiera saber, que deducción debo hacerle del salario.
gracias.
Responder
0 6
Ricardo Garcia castro  - VOLORES   |IP:200.6.193.xxx |2009-09-22 17:15:50
QUISIERA CONOCER MAS A FONDO LOS VALORES QUE QUE PROMUEVE LA SEGURIDAD SOCIAL
Responder
7 1
Escribir comentario
Nombre:
Email:
 
Título:
 

3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."

 
< Anterior   Siguiente >

Publicidad

Nubia Stella Martínez, presidenta de Proexport, invita a los empresarios a participar de los diferentes eventos de promoción que realizará la entidad en el marco del Segundo Plan de Choque para Exportadores.
Actualizado: Viernes 14 de mayo de 2010
Publicidad
MisiónPyme
Calle 87 # 19C-59 Oficina 301 • PBX: (571) 257 3075 • Línea Nacional Gratuita: 01800 12 09 21• Bogotá Colombia
© 2010 // Todos los Derechos Reservados.