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Gerencia
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| Por qué Crear un Fondo de Empleados |
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| Viernes, 03 de Febrero de 2006 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Bien dice el adagio popular que la unión hace la fuerza. Esto se ratifica en el apoyo mutuo que encuentran los trabajadores de una empresa en los fondos de empleados. Es a través de estas organizaciones, de carácter solidario, que un empleado y sus beneficiarios encuentran créditos, auxilios educativos, funerarios y de recreación a muy bajos costos y de manera oportuna. Los fondos de empleados fueron creados en Colombia hace más de setenta años y gozan de la protección, fomento y desarrollo por parte del Estado. No son contribuyentes del impuesto de renta y complementarios mientras no desarrollen actividades industriales o comerciales y son administrados y controlados por sus propios asociados. Pero, ¿cómo lograr que sus trabajadores accedan a los beneficios de un fondo? Puede resultar más sencillo de lo que parece. Si conoce a uno que acoja al gremio de la actividad comercial a la que pertenece su empresa, sólo se trata de entregar la solicitud y acogerse a sus estatutos. Algunos exigen como mínimo un año de antigüedad en la constitución de la empresa. Si no existe, sus trabajadores pueden fundarlo. De acuerdo con la Ley 1481 de 1989 que define el marco de los fondos de empleados, su constitución se resume en cinco pasos básicos. Primero la conformación de un grupo de mínimo 10 trabajadores. Estos deben recibir una capacitación de 20 horas en economía solidaria que debe ser certificada por entidades acreditadas por Dansocial. El paso a seguir es la redacción de los estatutos, acompañada por una asamblea de constitución donde se define la voluntad de la creación de la entidad, la voluntad de sometimiento a los estatutos, los valores de los aportes iniciales de los fundadores y el nombramiento de la junta directiva. Una vez realizada la asamblea de constitución, se debe expedir un certificado de existencia de la empresa donde laboran los asociados fundadores, un certificado de vinculación laboral de los fundadores expedidos por la entidad y el posterior registro del fondo ante la Cámara de Comercio correspondiente para obtener la personería jurídica. El último paso es la radicación de los documentos ante la Superintendencia de la Economía Solidaria. Los asociados deben comprometerse a realizar aportes sociales individuales periódicos, y a ahorrar en forma permanente en los montos determinados por la Asamblea. De la suma periódica obligatoria que deba entregar cada asociado, se debe entregar como mínimo una décima parte para aportes sociales. A partir de allí, se empezará a disfrutar del portafolio de servicios del fondo de empleados, entre ellos el que más motiva a los trabajadores: crédito con bajas tasa de interés y sin los complicados trámites que se exigen en las entidades financieras. De acuerdo con Adriana Clavijo, gerente del Fondo de Empleados de Publicaciones Semana (Foneps) entre las ventajas de los se resalta el que sus utilidades se destinen al incremento patrimonial y al desarrollo de labores de solidaridad, previsión salud y educación en beneficio de sus empleados. "El empleado no tiene qué perder, todos sus ahorros se ven retribuidos con creces cuando se retire del fondo. A su vez tiene la oportunidad de hacer un ahorro voluntario que le presentan una mayor capacidad de endeudamiento cuando así lo requiera" señala. "Es un gana y gana en el que todos aprenden de la importancia del ahorro solidario", puntualiza.
3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved."3.26 Copyright (C) 2008 Compojoom.com / Copyright (C) 2007 Alain Georgette / Copyright (C) 2006 Frantisek Hliva. All rights reserved." |
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